CONVENIO DE HONORARIOS
CONVENIO DE HONORARIOS:
ENTRE: @023 con domicilio en la calle @031, @032, en adelante "EL CLIENTE", por una parte; y @004 con domicilio en la calle @006, @007 en adelante "EL LETRADO", por la otra, ambos de la Capital Federal, se conviene en la fecha en celebrar el presente convenio de honorarios:
PRIMERO: EL CLIENTE encarga a EL LETRADO y éste acepta la laboral profesional de letrado apoderado en el juicio que iniciará contra #@040&# por @000tipo de juicio@.
SEGUNDA: El honorario básico de EL LETRADO por su laboral profesional se conviene en el @000Porcentaje en números@% (@000Porcentaje en letras por ciento) de todas las sumas que judicial o extrajudicialmente se obtengan del pleito encomendado y que resulte en favor de la actora, incluídos los intereses.
TERCERO: El pago de los honorarios antes indicados deberá realizarlo el CLIENTE en dinero en efectivo en cuanto perciba los montos resultantes del pleito referido anteriormente. Queda autorizado EL LETRADO a descontar el importe de honorarios a su favor de los cobros totales o parciales que se realicen en favor de la actora.
CUARTA: Serán por cuenta exclusiva del CLIENTE todos los gastos causídicos a los que diere lugar el pleito mencionado, liberando de dicha carga a EL LETRADO.
QUINTA: En caso de que no prospere el reclamo intentado por
el CLIENTE, EL LETRADO no percibirán suma alguna por la labor desarrollada.
SEXTA: La revocación del poder o rescisión unilateral por el mandante, no anulará el presente convenio, teniendo entonces derecho el letrado nombrado a cobrar todos sus gastos, trabajos y honorarios. Lo establecido en esta cláusula no será de aplicación cuando la revocación o rescisión haya sido motivada por culpa del letrado.
SEPTIMA: La renuncia del poder o la cesación del mandato o patrocinio por causas imputables al abogado, antes de terminar el juicio o gestión encomendada, anulará el presente convenio sobre honorarios. Lo dispuesto precedentemente es sin perjuicio de los honorarios que puedan regularse judicialmente en proporción a la labor profesional efectivamente desarrollada.
OCTAVA: A todos los efectos legales las partes constituyen domicilios especiales en los más arriba indicados donde se les tendrán por válidas todas las notificaciones que se les cursaren, pactándose la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de @000jurisdicción de Tribunales Ordinarios de ...@ con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder.
Así de total conformidad, leído que les fue a ambas partes se ratifican en un todo del presente contenido y lo firman en dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en lugar y fecha indicados al inicio.
Sindicación
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